Incremento en el Salario mínimo, vital y móvil a partir de Julio de 2023

Salario Mínimo, Vital y Móvil

Actualidad Aipem Group

20-07-2023

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Estimados Clientes, mediante la Resolución MTEySS 10/2023 (B.O. 17/07/02023), el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil fija, para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de la Ley de Contrato de Trabajo, en el Régimen de Trabajo Agrario, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y los organismos del Estado Nacional en que actúe como empleador, un incremento del valor Salario Mínimo, Vital y Móvil, excluidas las asignaciones familiares, como así también un aumento de los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo, aplicables en forma escalonada a partir de los meses de Julio, Agosto y Septiembre de 2023.
Se establecen los siguientes valores:

Salario Mínimo, Vital y Móvil

- A partir del 1° de Julio de 2023, en PESOS CIENTO CINCO MIL QUINIENTOS ($105.500.-) para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y PESOS QUINIENTOS VEINTISIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($527,50.-) por hora, para los trabajadores jornalizados.

- A partir del 1° de Agosto de 2023, en PESOS CIENTO DOCE MIL QUINIENTOS ($112.500.-) para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y PESOS QUINIENTOS SESENTA Y DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($562,50) por hora, para los trabajadores jornalizados.

- A partir del 1° de Septiembre Junio de 2023, en PESOS CIENTO DIECIOCHO MIL ($118.000.-) para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y PESOS QUINIENTOS NOVENTA ($590) por hora, para los trabajadores jornalizados. Se deja constancia que los montos se corresponden a una jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 de la LCT, y que en las situaciones previstas en los artículos 92 ter y 198 de la LCT, el trabajador percibirá el monto en su debida proporción.

Prestación por desempleo: montos mínimos y máximos

- A partir del 1° de Julio de 2023, en PESOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS CINCO ($29.305,0), y PESOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO CON SESENTA CENTAVOS ($48.841,60.-), respectivamente.

- A partir del 1° de Agosto de 2023, en PESOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON CUARENTA CENTAVOS ($ 31.294,40.-), y PESOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHENTA Y DOS CON TREINTA CENTAVOS ($ 52.082,30), respectivamente.

- A partir del 1° de Junio de 2023, en PESOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO CON DIEZ CENTAVOS ($32.771,10.-), y PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO CON CINCUENTA CENTAVOS ($54.628,50) respectivamente.
 
Cualquier duda estamos a su disposición.
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