Remuneraciones mínima y máxima imponibles sujetas a aportes de Seguridad Social y al Sistema de Obras Sociales.

Los nuevos importe entran en vigencia a partir de los haberes de septiembre de 2010

Actualidad Argentina Impositiva

10-09-2020

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Las bases imponibles mínima y máxima de remuneraciones sujetas a aportes de Seguridad Social y al Sistema de Obras Sociales a partir del período devengado septiembre de 2020 serán de PESOS SEIS MIL CIENTO CINCO CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 6.105,79.-) y de PESOS CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS ($ 198.435,52.-) respectivamente. Así lo dispone la Resolución ANSES 235/2020, Artículo 3 (B.O. 07/09/2020).

En consecuencia, la remuneración mínima aplicable para el cálculo de aportes y contribuciones al Sistema de Obras Sociales será de PESOS DOCE MIL DOSCIENTOS ONCE CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 12.211,58.-) ya que, como se recuerda, ésta equivale a dos veces la aplicable a los aportes de Seguridad Social (Decreto 921/16, Artículo 3).

En el siguiente artículo encontrará la información necesaria para realizar los cambios en el módulo Sueldos: Cómo actualizar las Remuneraciones mínima y máxima imponibles sujetas a aportes de Seguridad Social y al Sistema de Obras Sociales

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