20-03-2020
Las bases imponibles mínima y máxima de remuneraciones sujetas a aportes de Seguridad Social y al Sistema de Obras Sociales a partir del período devengado marzo de 2020 serán de PESOS CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($ 5.352,24.-) y PESOS CIENTO SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO CON SETENTA CENTAVOS ($173.945,70.-) respectivamente. Así lo dispone la Res. ANSeS 76/2020, Art. 3.
En consecuencia, la remuneración mínima aplicable para el cálculo de aportes y contribuciones al Sistema de Obras Sociales será de PESOS DIEZ MIL SETECIENTOS CUATRO CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 10.704,48.-) ya que, como se recuerda, ésta equivale a dos veces la aplicable a los aportes de Seguridad Social (Decreto 921/16, Art. 3).
En el siguiente artículo de nuestro Centro de Ayuda le indicamos los pasos a seguir para actualizar los valores en los parámetros del sistema: